23
Sep

Cuando se refieran a asuntos de la competencia de dos o más dependencias, se deberá conformar un grupo de trabajo previo a la reunión con el Poder Legislativo para definir las líneas estratégicas y postura jurídica de la administración pública estatal. 

ESTADO DE MÉXICO (apro).- El gobierno del Estado de México emitió un protocolo que lo faculta para elaborar el proyecto de agenda legislativa y someterla a consideración de la gobernadora, revisar los proyectos de iniciativa de ley o decreto de los grupos parlamentarios y proponer modificaciones jurídicas; las dos primeras tareas, constitucionalmente, son atribución del Poder Legislativo. 

Este documento, denominado Protocolo para la Interacción, Comunicación y Coordinación de las Relaciones del Poder Ejecutivo con la “LXII” Legislatura del Estado de México en Materia de Proceso Legislativo, promulgado el pasado 20 de noviembre en el periódico oficial Gaceta de Gobierno, desde el punto de vista de Eduardo Salazar, académico en derecho parlamentario, “acota las facultades del Poder Legislativo y genera incertidumbre”. 

A su decir, podría encubrir una dictadura legislativa y, en el mejor de los casos, generar una semi parálisis parlamentaria, al obligar a los diputados a sujetarse a las disposiciones de un protocolo en cuya elaboración no participaron ni fueron consultados. 

El especialista en temas parlamentarios expuso que un protocolo de esta naturaleza no está previsto en la ley e incluso resulta absurdo porque ni siquiera han funcionado los protocolos para prevenir la violencia de género o para la emisión de alertas ámber en la entidad. 

Lo que convendría en este caso, desde su punto de vista, es evitar un conflicto jurídico innecesario entre poderes, a partir de la emisión de una fe de erratas por parte de Horacio Duarte, secretario general de gobierno, quien suscribe el acuerdo de emisión. 

El artículo segundo del protocolo establece que la Consejería Jurídica colabore con la Secretaría General de Gobierno para revisar los proyectos de iniciativa de ley o decreto, y elaborar el proyecto de agenda legislativa para someterla a consideración de la titular del Poder Ejecutivo estatal. 

El artículo 8°, a su vez, destaca que “la Consejería Jurídica remitirá a las dependencias y organismos auxiliares, a través de sus unidades administrativas con funciones de apoyo, asesoría, consulta y representación jurídica o análogas, las iniciativas de ley o decreto presentadas por los diversos grupos parlamentarios ante el Pleno de la Legislatura del Estado y publicadas en la Gaceta Parlamentaria”. 

Esta tarea tiene por finalidad que las dependencias de gobierno realicen “comentarios, observaciones o propuestas de modificación a dichos proyectos en el plazo que se señale en la solicitud para que sea oportuna y efectiva su opinión, con la finalidad de dar el correcto seguimiento y atención al proceso legislativo de los asuntos que impacten en el ámbito de competencia del Gobierno del Estado de México”. 

El documento, emitido cuatro días antes del primer informe de la gobernadora Delfina Gómez, además obliga a los funcionarios estatales a informar por escrito, a través de la Secretaría General de Gobierno, a la mandataria mexiquense de cualquier solicitud de comparecencia, asistencia a reuniones de comisiones legislativas, exhorto, petición de comentarios y observaciones a iniciativas, solicitud de información de cualquier órgano o autoridad legislativa, y cualquier otra interacción con ese Poder, y a coordinarse con la Secretaría General de Gobierno para esos efectos. 

Además, a cada reunión solicitada por la legislatura acudirá al menos un representante del titular de la dependencia u organismo auxiliar competente “y, cuando sea requerido, asistirán personas representantes de la Secretaría General de Gobierno y de la Consejería Jurídica para definir conjuntamente la posición gubernamental”.  

Cuando la solicitud involucre a dos o más instancias, la Secretaría General de Gobierno y la Consejería Jurídica coordinarán la homologación del posicionamiento de la administración pública estatal. 

“Una vez realizada la reunión, las personas titulares de las dependencias u organismos auxiliares, o sus representantes, deberán informar a la gubernatura, a través de la Secretaría General de Gobierno, con copia a la Consejería Jurídica, sobre los resultados y acuerdos alcanzados, así como las obligaciones y compromisos adquiridos”, plantea el protocolo.  

Si la legislatura solicita el envío formal de comentarios u observaciones, las dependencias y organismos auxiliares deberán remitir a la Secretaría General de Gobierno, con copia a la Consejería Jurídica, sus proyectos de observaciones a fin de ser considerados para su remisión al Poder Legislativo.  

Cuando se refieran a asuntos de la competencia de dos o más dependencias, se deberá conformar un grupo de trabajo previo a la reunión con el Poder Legislativo para definir las líneas estratégicas y postura jurídica de la administración pública estatal. 

Los titulares de las dependencias u organismos auxiliares también deberán informar por escrito a la gubernatura sobre su interés para modificar, adicionar o impulsar cualquier iniciativa que se encuentre en estudio en la Legislatura, o los proyectos de iniciativa que pretendan someter a consideración del titular del Poder Ejecutivo estatal, adjuntando certificación de suficiencia presupuestal.  


Gobierno

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